{"id":5166,"date":"2023-02-27T13:04:36","date_gmt":"2023-02-27T12:04:36","guid":{"rendered":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/?p=5166"},"modified":"2023-02-27T13:04:36","modified_gmt":"2023-02-27T12:04:36","slug":"llega-el-nuevo-cheque-de-200-euros-cuando-se-puede-pedir","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/es\/llega-el-nuevo-cheque-de-200-euros-cuando-se-puede-pedir\/","title":{"rendered":"Llega el nuevo cheque de 200 euros: \u00bfCu\u00e1ndo se puede pedir?"},"content":{"rendered":"<p>La Agencia Tributaria ya ha publicado en su Sede Electr\u00f3nica la pesta\u00f1a de solicitud y la fecha oficial. Esta ayuda se abonar\u00e1 en un pago \u00fanico mediante transferencia bancaria.<\/p>\n<p>El pasado 27 de diciembre el Consejo de Ministros aprob\u00f3 el tercer paquete de ayudas para paliar las consecuencias econ\u00f3micas y sociales de la guerra en Ucrania. Entre las medidas se incluye un cheque de 200 euros para corregir el alza de precios de los alimentos (15,3% en noviembre) y que beneficiar\u00e1 alrededor de 4,2 millones de familias que tengan rentas anuales de hasta 27.000 euros y que no gocen de un patrimonio superior a 75.000 euros, aunque quedan excluidos pensionistas y perceptores del Ingreso M\u00ednimo Vital, ya que a estos se les mantiene la revalorizaci\u00f3n de su pensi\u00f3n y prestaci\u00f3n en un 15%.<\/p>\n<p>Adicionalmente, el Ejecutivo tambi\u00e9n decidi\u00f3 rebajar del 4% al 0% el IVA en todos los alimentos de primera necesidad -como la leche, los huevos, las frutas y verduras, el pan o las legumbres- y del 10% al 5% productos b\u00e1sicos como el aceite y la pasta, pero deja fuera la carne o el pescado. No obstante, la rebaja se revertir\u00e1 el 1 de mayo si la inflaci\u00f3n subyacente (sin alimentos ni energ\u00eda) desciende del 5,5%.<\/p>\n<p>Los que pidan el cheque solo disponen de mes y medio para realizar la solicitud, del 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023, y deber\u00e1n hacerlo en la sede electr\u00f3nica de la Agencia Tributaria. De hecho, el organismo ya ha habilitado en su Sede Electr\u00f3nica la pesta\u00f1a donde las familias podr\u00e1n solicitar esta ayuda y consultar el estado de su solicitud.<\/p>\n<h3>\n\u00bfA qui\u00e9n se dirige la ayuda?<\/h3>\n<p>A los asalariados, aut\u00f3nomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo que no reciban otras prestaciones de car\u00e1cter social, como es el caso de las pensiones o el Ingreso M\u00ednimo Vital.<\/p>\n<h3>\n\u00bfQu\u00e9 requisitos tienen que cumplir los beneficiarios?<\/h3>\n<p>Haber percibido ingresos \u00edntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros. La vivienda habitual est\u00e1 excluida del c\u00f3mputo del patrimonio.<\/p>\n<p>El c\u00f3mputo de los ingresos y del patrimonio se efectuar\u00e1 sumando los de los familiares que convivan en el mismo domicilio: el solicitante, su c\u00f3nyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado.<\/p>\n<p>No se sumar\u00e1 el ingreso y patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relaci\u00f3n familiar.<\/p>\n<p>Los beneficiarios deben tener la residencia habitual en Espa\u00f1a.<\/p>\n<h3>\n\u00bfQui\u00e9n no puede solicitar el cheque de 200 euros?<\/h3>\n<p>Las personas que, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso M\u00ednimo Vital, o pensiones abonadas por el R\u00e9gimen General y los Reg\u00edmenes especiales de la Seguridad Social o por el R\u00e9gimen de Clases Pasivas del Estado, as\u00ed como quienes perciban prestaciones an\u00e1logas reconocidas, pero no integradas en estos reg\u00edmenes.<\/p>\n<p>Los administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.<\/p>\n<h3>\nC\u00f3mo hacer la solicitud y qu\u00e9 hacer si le deniegan la ayuda<\/h3>\n<p>La solicitud se presentar\u00e1 en la Sede Electr\u00f3nica de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria, rellenando el formulario electr\u00f3nico que se ponga a disposici\u00f3n y en el que, necesariamente, deber\u00e1 figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono, ya que estos 200 euros se recibir\u00e1n mediante transferencia bancaria en un pago \u00fanico. No ser\u00e1 necesario que los solicitantes aporten m\u00e1s documentos, ya que Hacienda se encargar\u00e1 de comprobar si se cumplen los requisitos de renta y patrimonio.<\/p>\n<p>Navarra gestionar\u00e1 la nueva ayuda de 200 euros que se aprob\u00f3 en el Consejo de Ministros el pasado 27 de diciembre y que est\u00e1 destinada a familias con rentas inferiores a 27.000 euros y un patrimonio inferior a 75.000 euros. Los solicitantes con domicilio fiscal en la comunidad que quieran acceder a la ayuda deber\u00e1n rellenar el formulario que la Hacienda Foral de Navarra habilitar\u00e1 pr\u00f3ximamente en su web para realizar la solicitud. El cheque, de pago \u00fanico, se podr\u00e1 solicitar desde el 15 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2023. De momento se desconoce el n\u00famero de personas que en Navarra podr\u00edan beneficiarse de una ayuda que en toda Espa\u00f1a se espera que llegue a 4,2 millones de familias.<\/p>\n<p>El decreto especifica, adem\u00e1s, que en el caso de que la solicitud sea rechazada, se notificar\u00e1 al solicitante una propuesta de resoluci\u00f3n denegatoria, en la que se le indicar\u00e1n los datos necesarios para consultar los motivos de la denegaci\u00f3n en la sede electr\u00f3nica de la Agencia Tributaria. Entonces, el solicitante dispondr\u00e1 de un plazo de 10 d\u00edas, a contar desde el d\u00eda siguiente a la notificaci\u00f3n de la propuesta de resoluci\u00f3n denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes.<\/p>\n<p>Transcurrido un plazo de un mes, a contar desde el d\u00eda siguiente a la notificaci\u00f3n de la citada propuesta, sin la presentaci\u00f3n de alegaciones, documentos o justificantes, se producir\u00e1 la finalizaci\u00f3n del procedimiento en los t\u00e9rminos de la propuesta denegatoria, sin necesidad de resoluci\u00f3n expresa de la Administraci\u00f3n. Y, transcurrido el plazo de tres meses desde la finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resoluci\u00f3n denegatoria, la solicitud podr\u00e1 entenderse desestimada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia Tributaria ya ha publicado en su Sede Electr\u00f3nica la pesta\u00f1a de solicitud y la fecha oficial. Esta ayuda se abonar\u00e1 en un pago \u00fanico mediante transferencia bancaria. 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