{"id":5055,"date":"2022-10-27T11:30:14","date_gmt":"2022-10-27T09:30:14","guid":{"rendered":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/?p=5055"},"modified":"2022-10-27T11:30:14","modified_gmt":"2022-10-27T09:30:14","slug":"empleadas-del-hogar-claves-de-la-nueva-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/es\/empleadas-del-hogar-claves-de-la-nueva-ley\/","title":{"rendered":"Empleadas del hogar | Claves de la nueva Ley."},"content":{"rendered":"<p>Con fecha 8 de septiembre, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 16\/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. La norma trata de equiparar a este colectivo con el resto de personas trabajadoras por cuenta ajena en los \u00e1mbitos del sistema extintivo de la relaci\u00f3n laboral y de la prestaci\u00f3n por desempleo, entre otros extremos. La nueva normativa no tendr\u00e1 efectos retroactivos.<\/p>\n<h3>\nNueva protecci\u00f3n por desempleo para el colectivo<\/h3>\n<p>En el a\u00f1o 2012 se aprob\u00f3 en Espa\u00f1a el r\u00e9gimen actual de empleadas de hogar posibilitando a las mismas el acceso al R\u00e9gimen General. Las empleadas de hogar comenzaron a cotizar desde la primera hora trabajada y pod\u00edan darse de baja en caso de enfermedad.<\/p>\n<p>Sin embargo, no se regulariz\u00f3 su situaci\u00f3n de derecho a paro tras finalizar su contrato. Para ratificar el Convenio 189 de la Organizaci\u00f3n Internacional de Trabajo sobre trabajadoras y trabajadores dom\u00e9sticos y regularizar el acceso a la prestaci\u00f3n por desempleo, el Gobierno ha aprobado el derecho a paro de las empleadas de hogar.<\/p>\n<p>La norma recoge, adem\u00e1s, que las empleadas de hogar tendr\u00e1n derecho a todas las prestaciones asistenciales disponibles en el ordenamiento jur\u00eddico laboral y se incorporar\u00e1n a la prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/p>\n<p>Para que un empleado de hogar acceda al paro, deber\u00e1 cumplir los requisitos generales para el acceso a la prestaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2022 Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situaci\u00f3n de alta o asimilada al alta en los casos que reglamentariamente se determinen.<\/p>\n<p>\u2022 Tener cubierto el per\u00edodo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n (360 d\u00edas), dentro de los seis a\u00f1os anteriores a la situaci\u00f3n legal de desempleo o al momento en que ces\u00f3 la obligaci\u00f3n de cotizar.<\/p>\n<p>\u2022 Encontrarse en situaci\u00f3n legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocaci\u00f3n adecuada a trav\u00e9s de la suscripci\u00f3n del compromiso de actividad.<br \/>\n\u2022 No haber cumplido la edad ordinaria de jubilaci\u00f3n que se exija en cada caso para causar derecho a la prestaci\u00f3n por jubilaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2022 Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio p\u00fablico de empleo competente.<\/p>\n<h3>\nCotizaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Las trabajadoras del hogar comenzar\u00e1n a cotizar para su prestaci\u00f3n por desempleo a partir del 1 de octubre. La cotizaci\u00f3n al Fondo de Garant\u00eda Salarial ser\u00e1 obligatoria tambi\u00e9n a partir del 1 de octubre. A partir de este momento, las empleadas de hogar podr\u00e1n recibir indemnizaciones en caso de insolvencia.<\/p>\n<p>Las cotizaciones estar\u00e1n bonificadas en un 80% y se mantendr\u00e1 la reducci\u00f3n de un 20% en la aportaci\u00f3n empresarial a la cotizaci\u00f3n por contingencias comunes, que ya estaba vigente.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se incrementan los tramos de bonificaci\u00f3n superiores al 20%, teniendo en cuenta la composici\u00f3n del hogar, los niveles de renta y de patrimonio.<\/p>\n<p>Los empleadores ser\u00e1n los encargados de gestionar la cotizaci\u00f3n de las empleadas de hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas al mes.<\/p>\n<h3>\nC\u00e1lculo de las bases de cotizaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Las bases de cotizaci\u00f3n por contingencias comunes y profesionales se determinar\u00e1n en funci\u00f3n de la retribuci\u00f3n percibida por las empleadas de hogar, prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.<\/p>\n<p>Hasta el a\u00f1o 2022, las retribuciones mensuales y las bases de cotizaci\u00f3n de la escala se actualizar\u00e1n en proporci\u00f3n al incremento que experimente el SMI.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 2023, las retribuciones mensuales y las bases de cotizaci\u00f3n ser\u00e1n las siguientes (euros\/mes):<\/p>\n<p>Tramo 1: Hasta 269 &#8230; 250<br \/>\nTramo 2: Desde 269,01 hasta 418 &#8230; 357<br \/>\nTramo 3: Desde 418,01 hasta 568 &#8230; 493<br \/>\nTramo 4: Desde 568,01 hasta 718 &#8230; 643<br \/>\nTramo 5: Desde 718,01 hasta 869 &#8230; 794<br \/>\nTramo 6: Desde 869,01 hasta 1.017 &#8230; 943<br \/>\nTramo 7: Desde 1.017,01 hasta 1.166,669 &#8230; 1.166,70<br \/>\nTramo 8: 1.166,67 &#8230; Retribuci\u00f3n mensual<\/p>\n<h3>\nCuant\u00eda de las indemnizaciones<\/h3>\n<p>La nueva norma elimina la figura del desistimiento. Hasta ahora, las empleadas de hogar pod\u00edan ser despedidas sin ning\u00fan motivo y el empleador las indemnizaba con 12 d\u00edas de salario por a\u00f1o de servicio, con el l\u00edmite de 6 mensualidades. Esto ya no ser\u00e1 as\u00ed. La norma establece que se deber\u00e1n acreditar los motivos para finalizar el contrato.<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n laboral podr\u00e1 extinguirse por alguna de las siguientes causas, siempre que est\u00e9n justificadas:<\/p>\n<p>\u2022 Disminuci\u00f3n de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.<br \/>\n\u2022 Modificaci\u00f3n sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar.<br \/>\n\u2022 El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable la p\u00e9rdida de confianza de la persona empleadora.<\/p>\n<p>Si la prestaci\u00f3n de servicios ha superado el a\u00f1o de duraci\u00f3n la empleada de hogar tendr\u00e1 derecho a conocer la voluntad de su despido con m\u00ednimo 20 d\u00edas de antelaci\u00f3n. Para el resto de casos, ser\u00e1 con m\u00ednimo 7 d\u00edas de antelaci\u00f3n. Durante ese per\u00edodo de preaviso frente al despido, la empleada de hogar que preste sus servicios a jornada completa podr\u00e1 disfrutar de una licencia de 6 horas a la semana para buscar un nuevo empleo (sin que exista p\u00e9rdida ni disminuci\u00f3n en su retribuci\u00f3n).<\/p>\n<p>Las empleadas de hogar tendr\u00e1n derecho a recibir una indemnizaci\u00f3n de 33 d\u00edas de salario por a\u00f1o trabajado si se trata de un despido declarado como improcedente, con hasta un m\u00e1ximo de 24 mensualidades. Y de una indemnizaci\u00f3n de 20 d\u00edas por a\u00f1o trabajado y un l\u00edmite de 12 meses si es un despido objetivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 8 de septiembre, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 16\/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. 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