{"id":4976,"date":"2022-05-19T11:47:43","date_gmt":"2022-05-19T09:47:43","guid":{"rendered":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/?p=4976"},"modified":"2022-05-19T11:47:43","modified_gmt":"2022-05-19T09:47:43","slug":"por-que-puede-visitarte-la-inspeccion-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/es\/por-que-puede-visitarte-la-inspeccion-de-trabajo\/","title":{"rendered":"\u00bfPor qu\u00e9 puede visitarte la Inspecci\u00f3n de Trabajo?"},"content":{"rendered":"<p>Acaba de empezar un a\u00f1o en el que los aut\u00f3nomos se encontrar\u00e1n con varias novedades a nivel fiscal, de Seguridad Social y pensiones y, por supuesto, a nivel laboral. Nada m\u00e1s empezar 2022, ha entrado en vigor la reforma laboral que incluye grandes cambios en las modalidades y requisitos de contrataci\u00f3n a las que deber\u00e1n adaptarse los aut\u00f3nomos a partir de marzo. Una vez pasado este periodo transitorio, desde el 30 de marzo de 2021 ya no existir\u00e1n ni los contratos por obra o servicio, ni los contratos eventuales.<\/p>\n<h2>Estas son las infracciones m\u00e1s comunes que perseguir\u00e1 la Inspecci\u00f3n de Trabajo y ante las que debes estar muy atento:<\/h2>\n<h3>\nLos ERTE seguir\u00e1n siendo una de las causas principales de inspecci\u00f3n<\/h3>\n<p>Los aut\u00f3nomos tienen la obligaci\u00f3n de comunicar al SEPE los trabajadores que est\u00e1n en ERTE en su empresa. Adem\u00e1s, mientras tenga trabajadores en ERTE no podr\u00e1 contratar a nuevos empleados.<\/p>\n<p>Cuando un trabajador en ERTE se reincorpore a la empresa, no podr\u00e1 ser despedido durante los 6 meses posteriores a su regreso. Tambi\u00e9n est\u00e1 prohibido que los trabajadores realicen horas extras mientras alguno de sus compa\u00f1eros permanezca en ERTE.<\/p>\n<p>Los ERTES se pueden realizar porque hay una bajada en la producci\u00f3n a nivel empresarial, por eso, no se puede pedir a otros trabajadores que realicen horas extras como si la actividad siguiera su curso normal.<\/p>\n<p>Otro caso que la Inspecci\u00f3n de Trabajo encuentra de forma com\u00fan en las empresas es la no comunicaci\u00f3n de la reincorporaci\u00f3n de un trabajador a sus labores. Las empresas recuperan a sus empleados, pero no lo comunican al SEPE, por lo que, al estar disfrutando de las ventajas sin corresponderles, estar\u00edan cometiendo una infracci\u00f3n grave.<\/p>\n<h3>\nAbuso de contratos temporales e incumplimiento de los cambios en la normativa laboral<\/h3>\n<p>Con la aprobaci\u00f3n de la nueva reforma laboral se ha reducido el n\u00famero de profesionales que pueden ser contratados a trav\u00e9s de esta modalidad. Los aut\u00f3nomos tienen la obligaci\u00f3n de definir el motivo del contrato para corroborar que se trata de una circunstancia puntual.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, es muy importante no pasarse del m\u00e1ximo de 90 d\u00edas que se ha implantado como l\u00edmite de tiempo m\u00e1ximo para esta modalidad en situaciones previstas y de los 3 meses en el caso de situaciones imprevistas.<\/p>\n<p>A partir de marzo de 2022 los contratos temporales tendr\u00e1n que convertirse en contrato fijos, es decir, los contratos por obra o servicio desaparecer\u00e1n. Solo se podr\u00e1n contratar a trabajadores temporales por motivos excepcionales, imprevisibles y de emergencia en la producci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de usar los contratos temporales de manera fraudulenta los aut\u00f3nomos podr\u00edan enfrentarse a multas de hasta 10.000 euros por empleado.<\/p>\n<h3>\nIncumplimiento de descansos e impago de salarios<\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n nos encontramos con impagos de salarios y con jornadas de m\u00e1s horas de las permitidas por ley. Estas dos causas han sido las m\u00e1s frecuentes entre las denuncias a empresas, habitualmente por parte de trabajadores.<\/p>\n<p>Es fundamental que todas las empresas respeten el tiempo de descanso de sus empleados. Los trabajadores con jornada intensiva tienen que disfrutar de unos 30 minutos de descanso a la mitad de la misma para poder realizar sus tareas de manera \u00f3ptima.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, hay empresas que tardan en pagar a los empleados. Este hecho tambi\u00e9n conlleva sanciones a la empresa ya que los empleados deben de recibir su sueldo en los tramos estipulados.<\/p>\n<p>Y por supuesto, las jornadas no pueden excederse de las horas permitidas por ley.<\/p>\n<h3>\nInfracciones por incumplir las medidas de prevenci\u00f3n<\/h3>\n<p>Los trabajadores tienen que realizar sus actividades de forma segura y sin ning\u00fan tipo de riesgo. Por tanto, las empresas est\u00e1n obligadas a proveerlos de los materiales que necesiten para realizar sus labores evitando accidentes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s del incumplimiento de normativas relacionados directamente con la COVID-19 y las medidas para parar los contagios han sido las causas m\u00e1s frecuentes de las denuncias.<\/p>\n<h3>\nIncumplimientos con la desconexi\u00f3n digital y jornadas en teletrabajo<\/h3>\n<p>Tal y como recoge la Ley 10\/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, todos los trabajadores tienen derecho a la desconexi\u00f3n digital. Una vez que terminen sus jornadas de trabajo no podr\u00e1n recibir requerimientos por parte de sus superiores. Estos tendr\u00e1n que esperar hasta el inicio de su jornada para contactar con ellos.<\/p>\n<p>Se sancionar\u00e1 a todos los empresarios que realicen constantes llamadas, mensajes y correos fuera de la jornada laboral. Tambi\u00e9n est\u00e1 prohibido contactar con empleados que est\u00e9n disfrutando de una reducci\u00f3n de jornada por maternidad o paternidad.<\/p>\n<h3>\nNo contar con un Plan de Igualdad<\/h3>\n<p>Tener un Plan de Igualdad es un requisito obligatorio para todas las empresas con plantillas desde 150 empleados desde marzo de 2020.<\/p>\n<p>Desde marzo de 2022 estar\u00e1n obligadas adem\u00e1s las compa\u00f1\u00edas que tengan entre 50 y 100 trabajadores.<\/p>\n<h3>\nCuant\u00eda de las infracciones de \u00e1mbito laboral<\/h3>\n<p>La ley de la LISOS 10\/2021 increment\u00f3 las sanciones laborales fijando las infracciones leves entre<strong> 70 y 750 euros.<\/strong><\/p>\n<p>Las infracciones graves podr\u00edan tener multas de entre<strong> 751 y 7.500 euros.<\/strong><\/p>\n<p>Y las infracciones muy graves estar\u00edan fijadas entre <strong>7.501 y 225.018 euros.<\/strong><\/p>\n<p>Por su parte, las multas por no tener acciones preventivas de riesgos laborales podr\u00edan oscilar entre los<strong> 45 y los 983.736<\/strong> euros.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Acaba de empezar un a\u00f1o en el que los aut\u00f3nomos se encontrar\u00e1n con varias novedades a nivel fiscal, de Seguridad Social y pensiones y, por supuesto, a nivel laboral. 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