{"id":4619,"date":"2021-05-14T16:31:11","date_gmt":"2021-05-14T14:31:11","guid":{"rendered":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/?p=4619"},"modified":"2021-05-14T16:31:11","modified_gmt":"2021-05-14T14:31:11","slug":"lineas-de-actuacion-de-la-inspeccion-de-hacienda-en-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestoriadepimes.com\/es\/inspeccion-de-hacienda-en-2021\/","title":{"rendered":"L\u00edneas de actuaci\u00f3n de la Inspecci\u00f3n de Hacienda en 2021"},"content":{"rendered":"<p>La Agencia Estatal de la Administraci\u00f3n Tributaria ya ha dado a conocer las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, en el que se detallan qu\u00e9 acciones y procedimientos ser\u00e1n objeto de investigaci\u00f3n por parte de la Inspecci\u00f3n de Hacienda para comprobar la existencia de fraude tributario y aduanero.<\/p>\n<p>Uno de los principales objetivos de la AEAT es reducir el fraude fiscal y blanqueo de capitales, reduciendo la elusi\u00f3n fiscal. Para lograrlo, en 2021, la Inspecci\u00f3n de Hacienda se centrar\u00e1 en perseguir las actuaciones y procedimientos que detallamos a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<h2>Fraude fiscal en grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales<\/h2>\n<p>Las comprobaciones ir\u00e1n encaminadas a validar que los gastos financieros deducidos por empresas que tributan en forma de grupo fiscal son correctos, en especial cuando la financiaci\u00f3n procede del exterior, pero dentro del \u00e1mbito del grupo multinacional.<\/p>\n<p>De igual modo, se comprobar\u00e1 que los pagos de intereses y dividendos percibidos en el entorno de los grupos multinacionales sean los correctos.<\/p>\n<p>Se realizar\u00e1n, en el \u00e1mbito de la Uni\u00f3n Europea, un n\u00famero significativo de controles multilaterales en los que se examinar\u00e1 la correcci\u00f3n de los pagos intragrupo por cesi\u00f3n de intangibles. Tambi\u00e9n se llevar\u00e1 a efecto la mejora del marco jur\u00eddico comunitario en lo que se refiere, en particular, a las Inspecciones conjuntas \u201cJoint Audits\u201d, reforzando de este modo las actividades de cooperaci\u00f3n administrativa entre Estados miembros.<\/p>\n<p>Asimismo, se tendr\u00e1n en cuenta las pautas recientemente aprobadas por el Marco Inclusivo de BEPS, sobre la aplicaci\u00f3n de las Directrices de precios de transferencia de la OCDE, en relaci\u00f3n con diversas cuestiones espec\u00edficas que se derivan o se ven agravadas como consecuencia de la pandemia de Covid19, as\u00ed como su consistencia con la pol\u00edtica general de precios del grupo.<\/p>\n<p>En 2021 se realizar\u00e1 una campa\u00f1a tendente a verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones de informaci\u00f3n sobre operaciones vinculadas que deben declararse a trav\u00e9s del Modelo 232.<\/p>\n<p>Se tendr\u00e1 especial atenci\u00f3n, por lo que afecta al Impuesto sobre Sociedades de los grupos fiscales, a la compensaci\u00f3n de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, en particular a las bases pendientes de compensaci\u00f3n respecto de las cuales el derecho de la Administraci\u00f3n para iniciar el procedimiento de su comprobaci\u00f3n prescribe a los diez a\u00f1os.<\/p>\n<p>Por lo que afecta al Impuesto sobre Sociedades de los grupos fiscales, el control del estricto cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la integraci\u00f3n de entidades en el grupo, excluyendo del mismo a aquellas que no cumplan todos los requisitos necesarios para la integraci\u00f3n en el grupo, deviene en un nuevo sistema de control que se debe impulsar desde la Administraci\u00f3n tributaria.<\/p>\n<p>Se vigilar\u00e1 tambi\u00e9n a los contribuyentes integrados en los grupos que aplican el r\u00e9gimen del grupo de entidades del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido (IVA), con especial atenci\u00f3n a los grupos de entidades incluidos en la modalidad avanzada del r\u00e9gimen especial, utilizando para ello la informaci\u00f3n que aporta el SII, al que est\u00e1n obligados.<\/p>\n<h2>Falsos traslados de residencia fiscal al extranjero<\/h2>\n<p>Otra de las actuaciones que llevar\u00e1 a cabo la AEAT es la de perseguir falsos traslados de residencia fiscal al extranjero, de tal manera, que se comprobar\u00e1 si los contribuyentes que han trasladado su residencia fiscal, cumplen con el requisito de residir en ese territorio un m\u00ednimo de 183 d\u00edas.<\/p>\n<h2>Ocultaci\u00f3n actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades<\/h2>\n<p>Se van a potenciar las operaciones coordinadas de lucha contra la actividad no declarada y la econom\u00eda sumergida, evaluando con un mayor nivel de prioridad, en general, los riesgos fiscales de aquellos contribuyentes que pertenezcan a aquellos sectores o actividades que hayan sido menos afectados por el entorno econ\u00f3mico desfavorable que se deriva del Covid19 y los efectos de la pandemia o incluso sobre aquellos otros que han visto crecer su negocio precisamente como consecuencia de esta excepcional situaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Fraude en la econom\u00eda digital y comercio electr\u00f3nico<\/h2>\n<h3>Para controlar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en la econom\u00eda digital y el comercio electr\u00f3nico, se van a llevar a cabo las siguientes actuaciones:<\/h3>\n<p>\u2022 Aproximaci\u00f3n cooperativa, cuando sea posible, para determinar la forma m\u00e1s adecuada de acceder a la informaci\u00f3n necesaria de las plataformas de comercio electr\u00f3nico, procurando minimizar los costes fiscales indirectos de cumplimiento a la vez que se asegura el cumplimiento material de las obligaciones por parte de los operadores que act\u00faan a trav\u00e9s de plataformas, ya sean residentes o no residentes en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>\u2022 Asegurar la completa identificaci\u00f3n fiscal de aquellos obligados tributarios que, aun no estando domiciliados en Espa\u00f1a, realicen el hecho imponible del IVA por sus ventas a consumidores finales localizados en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>\u2022 Velar por asegurar que se ofrezca una adecuada informaci\u00f3n a las plataformas de comercio electr\u00f3nico, a la vez que extremar\u00e1 el control sobre las mismas para evitar que este tipo de operaciones puedan eludir el pago de las obligaciones tributarias que les corresponden, en particular, a efectos de la tributaci\u00f3n indirecta.<\/p>\n<p>\u2022 Dise\u00f1ar las actuaciones de prevenci\u00f3n y de control adecuadas para garantizar la correcta tributaci\u00f3n de las operaciones realizadas a trav\u00e9s del canal digital. Para ello se realizar\u00e1n actuaciones espec\u00edficas de control en aquellos casos en los que puedan existir diferencias entre los importes declarados y los que se deriven de la informaci\u00f3n obtenida.<\/p>\n<p>\u2022 La entrada en vigor de la Tasa Google permitir\u00e1 determinar el censo de obligados, tanto residentes, como no residentes con o sin establecimiento permanente, sin perjuicio de realizar los controles iniciales que resulten oportunos. Indirectamente, los hechos imponibles de este nuevo Impuesto pueden contribuir a determinar el alcance real de la actividad de estas plataformas multinacionales en el mercado espa\u00f1ol, permitiendo cruzar datos con las declaraciones presentadas.<\/p>\n<h3>Por su parte, las actuaciones a realizar en 2021 por la Inspecci\u00f3n de Hacienda en relaci\u00f3n con las criptomonedas son las siguientes:<\/h3>\n<p>\u2022 Obtenci\u00f3n de informaci\u00f3n procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas. Se prev\u00e9 su incorporaci\u00f3n al modelo de bienes y derechos en el exterior, as\u00ed como el establecimiento de una obligaci\u00f3n informativa aut\u00f3noma sobre criptomonedas.<\/p>\n<p>\u2022 Sistematizaci\u00f3n y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n obtenida, a efectos de facilitar las actuaciones de control de la correcta tributaci\u00f3n de las operaciones realizadas y el origen de los fondos utilizados en la adquisici\u00f3n de las criptomonedas.<\/p>\n<p>\u2022 Potenciar la cooperaci\u00f3n internacional y la participaci\u00f3n en foros internacionales con el objeto de obtener informaci\u00f3n sobre las operaciones con criptomonedas y otros activos virtuales.<\/p>\n<h2>Fraude en IVA<\/h2>\n<p>El contraste entre los datos declarados por los contribuyentes y la informaci\u00f3n peri\u00f3dica derivada del SII permitir\u00e1 que se puedan fortalecer los mecanismos orientados a detectar irregularidades tributarias a partir de las conclusiones derivadas de la informaci\u00f3n disponible respecto del censo de contribuyentes que presentan mediante este sistema su informaci\u00f3n tributaria. La detecci\u00f3n en el sector del comercio minorista de supuestos de elusi\u00f3n del recargo de equivalencia es un buen ejemplo de la potencialidad de estos contrastes.<\/p>\n<h2>Fraude en Impuesto sobre Sociedades<\/h2>\n<p>Tras las actuaciones derivadas de la ejecuci\u00f3n del Plan de Control Tributario de 2020, se ha podido verificar que muchas entidades societarias acumulan saldos a compensar de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. Tales saldos, que se est\u00e1n compensando en sede de la sociedad que los gener\u00f3, pero tambi\u00e9n pueden hacerlo en otras que contin\u00faen su actividad, afectan directamente a la recaudaci\u00f3n neta de este impuesto.<\/p>\n<p>Por ello, durante el a\u00f1o 2021, de nuevo con el tradicional control sectorial y los planes de actuaci\u00f3n contra la econom\u00eda sumergida, la Inspecci\u00f3n de Hacienda incidir\u00e1, mediante la continuaci\u00f3n del Plan especial iniciado el pasado ejercicio, en expedientes en los que existan bases imponibles negativas para verificar la existencia del saldo, su exactitud, el origen del mismo y, en la medida permitida por el art\u00edculo 26.5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, comprobar dichas bases imponibles negativas declaradas ya aplicadas o que est\u00e9n pendientes de compensaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Persecuci\u00f3n de la econom\u00eda sumergida<\/h2>\n<p>La Inspecci\u00f3n de Hacienda tambi\u00e9n intensificar\u00e1 el control de la econom\u00eda sumergida. El control del dinero abonado en efectivo en el marco de las transacciones econ\u00f3micas suele estar muy vinculado con la econom\u00eda sumergida, por lo que con independencia de cu\u00e1les son los l\u00edmites cuantitativos que se encuentren vigentes de acuerdo con la normativa aplicable, las operaciones en efectivo continuar\u00e1n siendo objeto de atenci\u00f3n una vez m\u00e1s por parte de la Administraci\u00f3n tributaria.<\/p>\n<p>Asimismo, la introducci\u00f3n en 2020 del Ingreso M\u00ednimo Vital obliga a prestar atenci\u00f3n a los casos en los que beneficiarios de la prestaci\u00f3n puedan estar operando en la econom\u00eda sumergida o incumpliendo las condiciones establecidas en su normativa reguladora.<\/p>\n<p>Estas actuaciones inspectoras ser\u00e1n llevadas a cabo por la Inspecci\u00f3n de Hacienda a trav\u00e9s de requerimientos o incluso visitas a los domicilios particulares de los contribuyentes sin aviso previo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia Estatal de la Administraci\u00f3n Tributaria ya ha dado a conocer las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, en el que se detallan qu\u00e9 acciones y procedimientos ser\u00e1n objeto de investigaci\u00f3n por parte de la Inspecci\u00f3n de Hacienda para comprobar la existencia de fraude tributario y aduanero. 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